1.- ¿Qué es una pasantía educacional?
Es la extensión orgánica del Sistema Educativo a instituciones, de carácter público o privado para la realización por parte de los alumnos y docentes, de practicas relacionadas con su educación y formación , de acuerdo a la especialización que reciben, bajo organización y control de la institución de enseñanza a la que pertenecen, durante un lapso determinado.
2.- ¿Cómo se concretan estas pasantías?
Las Pasantías se materializan con la concurrencia de los alumnos y/o docentes a las entidades públicas o privadas y empresas del sector productivo o de servicios, en el horario y bajo las modalidades que se detallan luego.
3.- ¿Las Pasantías implican una relación laboral?
No, la situación de Pasantía no creará ninguna relación jurídica alguna con el organismo público o privado y /o la empresa donde efectúe su práctica educativa, siendo la misma de carácter voluntario y gratuito.
4.- ¿Cuáles son los objetivos de este tipo de pasantías?
El Sistema de Pasantía tendrá los siguientes objetivos:
a- Brindar a los alumnos y docentes de las instituciones educativas la complementación de su especialidad teórica con la práctica en empresas o instituciones públicas o privadas, que los habilite en el ejercicio de la profesión u oficio elegido.
b- Lograr que los alumnos y docentes tomen contacto con el ámbito en que se desenvuelven las organizaciones empresarias o entidades públicas o privadas afines a los estudios que realicen.
c- Integrar a los jóvenes educandos en grupos social laborales y permitir el afianzamiento de su propia personalidad y el logro de su identidad.
d- Ofrecer a los estudiantes y docentes la posibilidad de entrar en contacto con tecnologías actualizadas.
e- Contribuir a facilitar la etapa de transición entre lo educacional y lo laboral, induciendo de esa manera a una correcta elección profesional.
5.- ¿Quiénes son las partes involucradas en el sistema?
Son partes involucradas en el Sistema:
a- La autoridad educativa pertinente.
b.- Los organismos centrales de conducción educativa, de jurisdicción nacional, provincial o municipal, ya sean de gestión pública o privada, que adhieran al mismo.
c-Las empresas industriales o de servicios y las instituciones públicas o privadas .
d-Las Cámaras y Asociaciones Empresariales de las distintas actividades.
e-Los cursantes y docentes de los establecimientos educativos que utilicen el Sistema.
6.- ¿Dónde se pueden realizar las pasantías educacionales?
Las instalaciones de las empresas industriales y de servicios y de las instituciones públicas o privadas, son los lugares donde los alumnos y docentes podrán realizar las Pasantías. Se considera a dichos locales como una extensión del ámbito de aprendizaje, los que deberán reunir las condiciones de higiene y seguridad, de acuerdo a las normas de la Ley Nº 19.587, con el objeto de salvaguardar la salud psico-fisica de los mismos.
7.- ¿Pueden los Pasantes recibir una retribución?
Sí, los estudiantes y docentes podrán percibir durante el transcurso de la Pasantía una retribución por parte de las empresas o instituciones donde realizan las mismas, en calidad de asignación estímulo para viáticos y gastos escolares.
8.- ¿Cómo pueden participar las empresas de este sistema?
Para poder participar del Sistema de Pasantías, las Cámaras y Asociaciones Empresariales, las empresas o instituciones que se incorporen al mismo, firmarán un Convenio con los organismos centrales de conducción educativa y/o con la unidad educativa elegida, con sujeción a la reglamentación (Decreto 340/1992).
9.- ¿Cómo deben ser los convenios entre el estado y las empresas?
El Convenio deberá contener como mínimo las siguientes cláusulas:
a.- Denominación, domicilio y personería de las partes que lo suscriben.
b.- Características y condiciones de las Pasantías.
c.- Lugar en que se realizarán .
d.- Objetivos educativos a lograr en el año lectivo correspondiente.
e.- Derechos y obligaciones de las partes.
f.- Forma de pago de la asignación estímulo para viáticos y gastos escolares.
g.- Régimen disciplinario a aplicar en materia de asistencia, puntualidad, etc.
10.- ¿Los conocimiento, habilidades y destrezar a alcanzar por el alumno quién los estipula?
Los conocimientos, habilidades y destrezas que deberá alcanzar el alumno o docente al término de su Pasantía, como así también el sistema de evaluación de la misma, las condiciones de ingreso y el régimen de asistencia y comportamiento, estarán a cargo de cada institución educativa y serán incluidos en los planes de estudios de las respectivas modalidades.
Sin perjuicio de esto último, las empresas o instituciones donde se realicen las Pasantías podrán prestar su asesoramiento en la elaboración del Programa Anual de Pasantías de cada institución educativa.
11.-¿Cuánto tiempo pueden durar las Pasantías?
Las Pasantías durarán un máximo de CUATRO (4) años y tendrán una actividad diaria mínima de DOS (2) horas y máxima de OCHO (8) horas, ambas de reloj.
12.- ¿Cuál es la edad mínima para ingresar como Pasante?
La edad mínima para ingresar en cualquiera de las modalidades del Sistema será de DIECISEIS (16) años cumplidos en el año calendario. Los alumnos y/o docentes que aspiren a ingresar al Sistema, en resguardo de su salud psico-física, deberán presentar un certificado médico, expedido por autoridades sanitarias oficiales, que acredite que los interesados pueden realizar las actividades exigidas en cada caso.
Los alumnos menores de DIECIOCHO años deberán contar con autorización escrita de sus padres o tutores.
13.- ¿En qué horarios puede cumplir sus tareas un Pasante?
La actividad del pasante se desarrollará únicamente en el lapso comprendido entre las OCHO (8) y las DIECIOCHO (18) horas, con por lo menos una pausa de QUINCE (15) minutos cuando la jornada sea de DOS (2) a CUATRO (4) horas y de CUARENTA (40) minutos, distribuidos en DOS períodos de VEINTE (20 ) minutos, cuando fuera más de CUATRO (4) horas y hasta SEIS (6) horas diarias.
14.- ¿Qué protección tienen que tener los Pasantes?
La protección de que gozan los alumnos y docentes a través de los distintos seguros que resguardan su seguridad en establecimientos educativos se extiende a las actividades que desempeñen los mismos en calidad de pasantes en los lugares de trabajo.
15.- ¿Existen Centros de Coordinación de las Pasantías?
Sí, a instancias de cada organismo central de conducción educativa -Universidad-, se crearán Centros de Coordinación y Supervisión de las actividades de las Pasantías, en los que estarán representados todos los involucrados y tendrán a su cargo llevar el Registro de Convenios firmados.
16.- ¿Cuáles son las obligaciones de las empresas o instituciones que ingresen en el sistema de Pasantías educativas?
Las empresas o instituciones que ingresen voluntariamente en el Sistema de Pasantías tendrán las siguientes obligaciones:
a.- Suscribir con los organismos centrales de conducción educativa y/o las unidades educativas elegidas, los Convenios previstos en el ARTICULO 5º del Decreto 340/1992.
b.- Dar cumplimiento a lo establecido en los planes de estudios de las unidades educativas que participen en del Sistema, de acuerdo a las modalidades de cada una de ellas.
c.- Facilitar a las unidades educativas la supervisión de las actividades de los pasantes y avalar los certificados de formación profesional logrados durante la Pasantía .
17.- ¿Se pueden suspender o denunciar los contratos de Pasantías?
Las Cámaras y Asociaciones Empresarias , las empresas y/o las instituciones podrán suspender o denunciar los Convenios suscriptos debiendo efectuar el correspondiente aviso con una anticipación no menor de SESENTA (60) días.
18.- ¿Cada organismo central de conducción educativa -Universidades- qué responsabilidad tiene?
Cada organismo central de conducción educativa será responsable de:
a.- Planificar, organizar, desarrollar y coordinar las Pasantías de su jurisdicción en forma conjunta con las Cámaras o Asociaciones Empresarias, empresas o instituciones públicas y privadas en el marco de los Centros de Coordinación y Supervisión.
b.- Apoyar el proceso de enseñanza-aprendizaje mediante la elaboración de material didáctico, la realización de talleres, seminarios y/o cursos para los instructores de las empresas o entidades y los docentes de las unidades educativas de su jurisdicción.
c.- Realizar acciones de promoción del Sistema, cuando fuere necesario, con el fin de orientar a los alumnos, padres y directivos de las empresas o instituciones.
d.- Suscribir los respectivos Convenios de Pasantías.
e.- Supervisar el proceso de enseñanza-aprendizaje.
f.- Otorgar cuando correspondiere los respectivos certificados de estudios.
g.- Supervisar el cumplimiento de los Convenios celebrados por las unidades educativas de su jurisdicción.
19.- ¿Los organismos centrales de conducción educativa pueden suspender los Convenios suscriptos?
Sí, los organismos centrales de conducción educativa -Universidad-, podrán suspender o denunciar los Convenios suscriptos, cuando se incurra en incumplimiento de los mismos, dentro de los TREINTA (30) días de producido el hecho que pueda provocar tal situación.
Determinar la cantidad de alumnos y/o docentes que realizarán las Pasantías de acuerdo a lo dispuesto en los respectivos planes de estudios.
20.- ¿Cuáles son los derechos de los pasantes?
Serán derechos de los pasantes recibir la formación práctica prevista en los planes de estudios del respectivo oficio, profesión, u ocupación.
Recibirán todos los beneficios que se acuerden al personal de las empresas o entidades en que efectúen la Pasantía en materia de comedor, transporte, viáticos, etc.
Deberán cumplir con los reglamentos internos de las empresas o entidades donde realicen la Pasantía y con los establecidos para su carrera por el respectivo organismo central de conducción educativa.